Los daños de la borrasca Filomena

Con motivo de la borrasca Filomena, que ha provocado abundantes y excepcionales nevadas en gran parte del territorio nacional, así como importantes precipitaciones, debemos tener presente que:

·   Los daños provocados por la nieve NO son asumidos por el Consorcio de Compensación de Seguros.

·  SÍ podrían ser declarados consorciables -si se cumplen las condiciones previstas a tales efectos en la normativa- los daños provocados por inundaciones y fuertes vientos causados por Filomena. Así mismo, podrán ser consorciables los hipotéticos daños que el deshielo pudiera provocar ya que podríamos estar ante inundaciones que pudieran estar dentro del ámbito de cobertura del Consorcio.

DAÑOS DIRECTOS PROVOCADOS POR LA NEVADA.

Serán las aseguradoras quienes tendrán que hacer frente a los daños directos de esta borrasca, en la medida en que exista cobertura para el daño que el asegurado reclame.

Las principales incidencias que prevemos son:

AUTOS:

·  Los daños causados al vehículo por acción directa de la nieve y/o lluvia o por caídas de árboles, cornisas, etc. están cubiertos por la póliza del vehículo siempre que el cliente tenga contratada la garantía de daños propios o la garantía de Fenómenos de la Naturaleza.

·   Accidentes de tráfico originados por la borrasca están cubiertos por la póliza en las condiciones habituales y el trámite de siniestro es el estándar.

MULTIRRIESGOS PARTICULARES Y PYMES:

·   El peso de la nieve y del hielo puede provocar hundimientos de los tejados, que estarán asegurados por la póliza siempre que el tejado se encuentre en buen estado y esté contratado el capital por Continente.

·   Así mismo los daños a la maquinaria y mercancías provocados por dicho hundimiento, y en la medida en que la cobertura se encuentre contratada, estarán amparados por el seguro.

·   Los daños ocasionados por el efecto del hielo en tuberías y conducciones, así como las humedades por filtraciones en el interior pueden estar cubiertos en función del producto y de la póliza suscrita.

·   La Repercusión Económica Temporal (es decir, cualquier tipo de pérdida de beneficios o indemnización por paralización y/o contingencia, o cualquier pérdida consecuencia similar) provocada por la paralización de la actividad empresarial debido a daños provocados por la nieve y siempre que la cobertura esté contratada tienen cobertura del seguro.

·   Si bien, es necesario hacer el análisis póliza a póliza para comprobar cuáles son las coberturas efectivamente contratadas.

SEGUROS DE SALUD, VIDA, ACCIDENTES Y DECESOS:

·   Los daños personales provocados por la acción de la borrasca están amparados por el seguro y serán atendidos con carácter preferente en función de su gravedad y urgencia, dentro de los límites y coberturas de la póliza contratada.

EN NUESTRA CORREDURÍA ESTAMOS A TU DISPOSICIÓN.

Prevemos que durante los próximos días aumente el número de llamadas a nuestras oficinas, te recordamos las diferentes formas de contactar con nosotros:

·       Teléfono 965 691 991 (también x📱whatsapp)

·       WhatsApp 965 691 991

·       Email medranogarcia@medranogarcia.es

·       Portal del cliente

·       APP: Mi corredor

Te recordamos que nos tienes a tu total disposición para cualquier consulta, duda o aclaración.



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