- octubre 19, 2018
- Posted by: medrano
- Categoría: Responsabilidad Civil
Compartimos con vosotros algunos casos reales en los que los padres o tutores legales tuvieron que asumir las indemnizaciones por los actos llevados a cabo por menores con resultado de daño causados a personas y/o bienes.
El Código Civil declara responsables civiles a los progenitores y personas que tengan la tutela tanto de menores como de mayores de edad que estén sujetos a su patria potestad o tutela y que vivan en su compañía.
Pelota, parque y ojo.
Unos chicos de 17 años estaban jugando con un balón de cuero en un parque público. Golpearon a una chica. Sufrió una lesión irreversible en el ojo. El Tribunal Supremo obligó a los padres a indemnizarla con 60.000 euros.
Pintura e incendio de coche y casa.
En Alicante, unos chavales de 10 años quemaron unos botes de pintura. Prendieron los matorrales próximos provocando un incendio que afectó a varios vehículos y una casa. Fueron condenados a pagar 20.000 euros.
El plasma de mi amigo.
“Mi hijo, jugando a la Wii en casa de un amigo, ha roto su TV de plasma. Como padre, me siento responsable y pagaré la TV”.
La menor, su novio y el accidente.
Una chica, menor de edad, estrelló el deportivo de su novio, quien sí era mayor de edad. El chico demandó a los suegros. El juez los absolvió porque la chica había abandonado el hogar paterno para vivir con el novio, en este caso su ´tutor´. Por tanto, los responsables del accidente no eran los padres, sino el chico.
Nieto travieso.
Un niño de 7 años está al cuidado de sus abuelos durante el verano y jugando rompe el cristal de la ventana del vecino. Fueron los abuelos los responsables del incidente al estar al cuidado del niño y quiénes tenían el deber de prestar vigilancia.
Pero bueno… ¿Todo esto tiene solución?
Sí, cuando estás correctamente asegurado. ¡Consúltanos!